¡Qué no te asusten cuando te cobren! ¿REGISTRO DE DESPACHOS DE COBRANZA?
REDECO: Registro de Despacho de Cobranza. Es un sistema que contara con toda la información para poder identificar a los despachos de cobranza.
En 2012, CONDUSEF recibió 35 mil 675 acciones de atención en contra de despachos de cobranza vinculados con instituciones e intermediarios financieros con el concepto de “gestión de cobranza y ofensa”.
Y en este año después de que la CONDUSEF indicara que recibió un aproximado de 190,000 quejas contra los despachos de cobranza
Los legisladores aprobaron controlar la cobranza extrajudicial e impedir la mala práctica de los despachos jurídicos contratados por las entidades y los intermediarios financieros que intimiden o exhiben a sus deudores.
El día 7 de octubre considerando que el 10 de enero del año 2014, se publico en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones en materia financiera y se expide la ley para regular las agrupaciones financieras, mediante la cual entre otras se fortalecen las facultades de la CNBV para la protección y defensa de los usuarios de servicios financieros.
Esto es con el principal objeto de establecer obligaciones a las que nos debemos sujetar las entidades financieras con relación a los Despachos de Cobranza que gestionan nuestras carteras.
Debido a lo anterior todas las instituciones e intermediarios financieros tendrán que registrar a sus despachos de cobranza en el REDECO el Registro de Despachos de Cobranza.
Este sistema contara con toda la información para poder identificar a los despachos de cobranza, Tratándose de personas morales encargadas de realizar la Cobranza:
Información básica que hasta el momento no es del conocimiento de los usuarios de las instituciones e intermediarios financieros.
La información anterior es la que debe proporcionar el despacho de cobranza al hacer en el primer contacto que establezcan contigo, ya sea por escrito o verbalmente, según sea el caso además de proceder de la siguiente manera
Entidad Financiera que otorgó el crédito, préstamo o financiamiento de que se trate; |
Contrato u operación motivo de la deuda en que se basa la acción de Cobranza; |
Monto del adeudo y fecha de cálculo; |
Condiciones para liquidar el adeudo; |
Domicilio, correo electrónico y número telefónico de la unidad administrativa de la Entidad Financiera que recibirá las quejas por malas prácticas de Cobranza, |
Que el o los pagos sólo podrán ser realizados a la Entidad Financiera que otorgó el crédito, préstamo o financiamiento. |
Documentar por escrito con el Deudor el acuerdo de pago |
Entregar a la Entidad Financiera los documentos que contengan los acuerdos referidos al acuerdo de pago. |
Utilizar nombres o denominaciones que se asemejen a las de instituciones públicas; |
Utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como "confidencial", "oculto", "privado" que imposibilite su identificación |
Amenazar, ofender o intimidar al Deudor, sus familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda; |
Realizar gestiones de cobro a terceros, incluidas las referencias personales y beneficiarios, con excepción de Deudores solidarios o avales; |
Enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales |
Establecer registros especiales, distintos a los ya existentes, listas negras, cartelones, o anuncios, que hagan del conocimiento del público la negativa de pago de los Deudores; |
Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración con menores de edad o adultos mayores |
Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración, de los créditos, préstamos o financiamientos, en un domicilio, teléfono o correo electrónico distinto al proporcionado por la Entidad Financiera o el Deudor, obligado solidario o aval. |
En caso de que usted no reciba una atención adecuada por el despacho o reciba una mala atención con amenazas, hostigamiento e insultos, podrá a través del sistema electrónico que estará disponible para acceder y registrar las quejas a partir del día 6 de Enero del año 2015.
Con esto se pretende otorgar a los ciudadanos usuarios de las entidades e intermediarios financieros las garantías para que el cobro de su deuda no lesione dignidad ni tranquilidad familiar.
Lo invitamos a consultar el REDECO en la página de la CONDUSEF.